La Suprema Corte de Justicia bonaerense emitió un fallo que podría poner punto final al juicio más largo y oneroso que afrontó el Club de Gimnasia y Esgrima La Plata en sus más de 137 años de historia. Se trata de la demanda que inició el grupo empresario liderado por Juan Ernesto Simón en 1999 a raíz de la venta de Andrés Guglielminpietro al Milán de Italia.
Durante los más de 25 años que duró el litigio, pasaron ocho presidentes que no lograron solucionar un conflicto judicial que era una verdadera espada de Damocles para la institución. Se dio ahora, en período de Mariano Cowen.
¿Cuánto deberá pagar Gimnasia y cuánto era antes del fallo?
Pero ahora, a partir de una estrategia diseñada por la Secretaría de Asuntos Legales del Lobo y la decisión política de la Comisión Directiva, el máximo tribunal bonaerense dispuso que Gimnasia sólo debería pagar una suma equivalente a USD 18.000 por la venta del Guly, monto enormemente menor respecto del reclamado por el grupo empresario, el cual ascendía a más de USD 2.400.000.
Al fallar de esa manera, la Suprema Corte revocó lo decido por la Sala II de la Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Plata el 17 de diciembre de 2019, que había diagramado una fórmula que, en caso de aplicarse, hubiese significado para Gimnasia el pago de más de USD 1.000.000.
Dicha fórmula consistía en convertir a pesos el capital en moneda extranjera del crédito a favor e Simón, a razón de un peso por dólar, más el 50% de la brecha existente entre un peso y la cotización de la divisa extranjera en el mercado libre de cambio -tipo vendedor- del día que corresponda efectuar el pago.
Fallo compartido
En cambio, la Suprema Corte bonaerense, haciendo lugar al pedido realizado por los abogados del Club, entendió que el crédito a favor de Simón se encuentra alcanzado por los efectos del acuerdo preventivo de acreedores oportunamente homologado. De esta forma, a partir del fallo de la Suprema Corte, Gimnasia deberá pagar la deuda con Simón a razón de un peso por dólar estadounidense, más el 50% de la brecha existente entre el peso y la cotización oficial de la mencionada divisa extranjera -tipo vendedor- del día de la homologación de la propuesta de acuerdo preventivo (mayo de 2018).
Al hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por Gimnasia, el juez del máximo tribunal, Sergio Torres, expuso en su voto que “el temperamento adoptado por la Cámara implicó concederle al crédito quirografario del incidentista un tratamiento concursal más beneficioso que el de los restantes acreedores de su misma categoría, incluyendo a aquellos con acreencias en moneda extranjera, pesificados a la fecha de la homologación del acuerdo preventivo”. El voto de Torres fue compartido por los ministros Hilda Kogan, Esteban Genoud y Víctor Violini.