Tras casi 17 horas de sesión, la Cámara de Diputados aprobó esta madrugada el proyecto de reforma de la Ley de Alquileres impulsado por el oficialismo que contempla nuevos intervalos y sistema de actualización de precios.
El reloj marcaba las 5:11 hs cuando la presidenta del cuerpo, Cecilia Moreau, llamó a votar la iniciativa oficialista venida en revisión del Senado que cosechó 128 votos a favor, 114 en contra y ninguna abstención. Para llegar a la mayoría, el Frente de Todos logró el apoyo del Frente de Izquierda, mientras que el Interbloque Federal y Provincias Unidas dividieron los porotos entre negativos y positivos. Juntos por el Cambio votó en contra.
Esta nueva versión de la Ley de Alquileres mantiene los tres años de duración de los contratos, pero establece un intervalo mínimo de seis meses para la actualización de los precios. Por el contrario, la normativa vigente al momento permite hasta una sola actualización por año del valor del alquiler.
A su vez, establece como índice para la actualización del precio el coeficiente de "Casa Propia" utilizado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat que estará "conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial publicado por el INDEC, y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia publicado por el Banco Central de la República Argentina".
Por otro lado, la reforma avalada por el Congreso nacional dedica un párrafo a la cotización de los alquileres en medio de la volatilidad del tipo de cambio y la decisión de algunos locadores de establecer el precio en dólares. El documento aclara que los contratos y la publicidad del precio solo pueden estar en moneda nacional. También se incorpora un incentivo fiscal relacionado al monotributo, al disponer que "los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo".
La reforma aprobada ayer mantiene la exención de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler para vivienda habitacional, la exención del impuesto al cheque para aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes "utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados".
Por último, la nueva norma contempla otro beneficio según el cual "las partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación".