El bloque de La Libertad Avanza en el Senado de la Provincia presentó en las últimas horas un proyecto de Ley para implementar la Boleta Única de Papel como sistema electoral en las próximas elecciones bonaerenses. La ampliación del bloque y el antecedente de octubre, claves.
“La Boleta Única de Papel ya no es una propuesta política, es un pedido de la sociedad que demostró en las últimas elecciones que no hay impedimento para que el voto sea más claro y transparente”, expresó Carlos Curestis, jefe de la bancada libertaria en la Cámara Alta.
El proyecto fue firmado, además de Curestis, por los senadores Matías de Urraza, Luciano Olivera, María Cecilia Martínez, Gonzalo Cabezas, Analía Balaudo y Betina Riva, y retoma la propuesta presentada por el mismo bloque en 2024. Además, incorpora propuestas de los legisladores que asumieron en diciembre y los datos que arrojó el uso de la Boleta Única de Papel en las últimas Elecciones Legislativas nacionales del 26 de octubre pasado.
Cómo sería la Boleta Única de Papel en la Provincia
Según la iniciativa, a la que tuvo acceso El Editor Platense, la Boleta Única de Papel incluirá "todas las categorías para las que se realiza la elección, claramente distinguidas. Se dividirá en espacios, franjas o filas horizontales para cada una de las categorías de cargos electivos y en espacios, franjas o columnas verticales para cada agrupación política que cuente con listas oficializadas de candidatos a cargos públicos electivos. Los espacios, franjas o columnas verticales se distribuirán homogéneamente entre las distintas listas, y se identificarán con claridad".
Además, se especifica que la Boleta Única de Papel será confeccionada cumpliendo los siguientes requisitos de diseño:
a) Se incluirá la fecha en que la elección se lleva a cabo.
b) individualización del distrito.
C) individualización del circuito,
d) Se incluirán en el dorso las instrucciones para la emisión del voto.
e) incorporación en el dorso de casilleros para que el presidente de mesa, o su suplente, firme la BUP al momento de entregarla al elector.
f) impresión en papel no transparente y con la indicación gráfica de sus pliegues a fin de facilitar su intoducción en la urna.
g) Las boletas únicas de papel deberán estar adheridas a un talonario donde se indique serie y numeración correlativa, del cual deben ser desprendidas; tanto en este taIonario como en la BUP deberá constar la información prevista en los incisos 1, 2 y 3 del presente artículo. En el cuerpo de las boletas únicas de papel no habrá ningún tipo de numeación ni orden correlativo.
El proyecto de La Libertad Avanza