Alivio empresarial.

Miles de causas por evasión pueden caer por la nueva Ley de Inocencia Fiscal

El abogado penalista de La Plata, Marcelo Peña, habló sobre los beneficios que tiene la sanción de la Ley de Inocencia Fiscal para las empresas

Por ElEditor Platense
30 de marzo de 2026 - 16:50

El abogado penalista, Dr. Marcelo Peña de La Plata, que lleva adelante investigaciones en contra de la persecución del fisco en materia Penal Tributaria, adelantó a El Editor Platense los beneficios que conlleva la reforma legislativa con la Ley de Inocencia Fiscal, a varias empresas perseguidas por años en los Tribunales Federales en forma desmedida e irracional.

La sanción de la Ley 27.799, explicó el letrado, no constituye una concesión indulgente frente a la evasión ni una señal de debilidad institucional. Sino que es una decisión de "política criminal que reintroduce racionalidad, previsibilidad y seguridad jurídica en un ámbito donde durante años predominó la expansión punitiva".

Peña sostuvo que en el ámbito empresarial esta situación es más clara: "El riesgo jurídico desproporcionado desalienta inversión, paraliza decisiones estratégicas y distorsiona la asignación de recursos", al mismo tiempo que consideró que "ningún sistema económico puede desarrollarse sostenidamente cuando la controversia técnica tributaria se transforma automáticamente en amenaza penal".

Esta reforma, entonces, favorece el freno a las causas penales por temas impositivos: "No hay delito sin lesión relevante ni imputación jurídicamente fundada", destacó y recordó que durante años, el sistema operó bajo la lógica de que una "determinación administrativa discutida derivaba en una denuncia penal automática".

Sobre esto, criticó que el Derecho Penal dejó de funcionar "como ultima ratio para convertirse, en la práctica, en un instrumento indirecto de presión recaudatoria y el proceso penal comenzó a operar como herramienta de negociación". Situación que desfavorecía al Estado: "Lo debilitaba; el Derecho Penal perdió autoridad normativa".

La Ley 27.799, indicó Marcelo Peña, restaura la exigencia de materialidad significativa al elevar los montos de evasión simple a $ 100 millones y la agravada a $ 1000 millones. "Desde la perspectiva empresarial, el mensaje es claro: el Derecho Penal vuelve a reservarse para conductas verdaderamente relevantes, no para divergencias técnicas".

"Para el sector productivo, esta claridad no es menor. La previsibilidad en la aplicación normativa es un activo institucional", remarcó el abogado y agregó: "Por ello la reforma también introdujo modificaciones en los artículos 2532 y 2560 del Código Civil y Comercial, remitiendo -en materia de tributos locales- al régimen de la Ley 11.683".

Desde el punto de vista penal, el dato crucial es otro, "la prescripción extingue la acción, no el derecho y a su vez opera a instancia de parte, no de oficio". Este punto "es central ya que durante años el Estado intentó colocarse en una posición procesalmente privilegiada frente al contribuyente".

Hasta el momento, consideró, las empresas "toman decisiones estratégicas considerando no sólo la carga impositiva, sino también el riesgo penal asociado", por eso, el reducir el "automatismo punitivo no es debilitar al Estado sino fortalecerlo institucionalmente".

Dejá tu comentario

LO QUE SE LEE AHORA
Habrá nuevos cambios en los recorridos de los micros en La Plata

Las más leídas

Te puede interesar