La Sala II del Tribunal de Casación Penal bonaerense dio marcha atrás con la decisión que había beneficiado al exintendente de Berisso, Enrique Slezack, en una causa por peculado y estafa. Ahora, el ex Jefe Comunal de la localidad costera deberá aguardar una nueva definición judicial.
Los jueces Florencia Budiño y Fernando Mancini consideraron que el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de La Plata se equivocó al declarar prescripta la acción penal por “exceso del plazo razonable”.
Esta resolución dejó sin efecto el juicio oral contra el exmandatario municipal de Berisso por la venta irregular de un terreno fiscal durante su gestión al frente del Municipio. El TOC N°1 argumentó que el proceso llevaba más de 12 años abierto y que eso vulneraba el derecho del acusado a ser juzgado sin demoras indebidas. Sin embargo, Casación no convalidó ese criterio.
En su fallo, los jueces Budiño y Mancini remarcaron que “el exceso en el plazo razonable de duración del proceso no aparece en nuestro ordenamiento jurídico como causal de extinción de la acción penal”.
Enrique Slezack, a la espera
El tribunal explicó que el Código Penal fija de manera precisa las causas por las cuales puede extinguirse una acción: muerte del imputado, amnistía, prescripción o renuncia del damnificado en los delitos de acción privada. Ninguna de esas situaciones, remarcaron, se dio en este caso.
Con estos fundamentos, la Sala II dejó sin efecto el fallo que había cerrado la causa y ordenó a la instancia inferior redactar una nueva resolución ajustada a derecho. De esta forma, el expediente contra Slezack vuelve a La Plata y el exintendente deberá esperar una nueva definición judicial sobre su situación procesal.