Ya rige la nueva Ley de Alquileres: cómo calcular los aumentos en La Plata

La norma mantiene el contrato de tres años pero cambia el sistema de actualización

El Editor Platense | Nicolás Cánepa
Por Nicolás Cánepa
18 de octubre de 2023 - 07:45

Tras ser promulgada este martes por el Gobierno nacional, la Ley de Alquileres rige a partir de hoy en todo el país por lo que los inquilinos que renueven o firmen contrato en adelante deberán adaptarse al nuevo marco normativo. Los contratos se mantienen con tres años de duración, pero pueden aplicarse aumentos semestrales. 

De acuerdo a la nueva norma, se estableció un intervalo mínimo de seis meses para la actualización de los precios -antes se autorizaba uno anual- utilizando como índice el coeficiente de "Casa Propia" utilizado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.

Para calcular cuánto aumentará el alquiler, el inquilino deberá ingresar a la web oficial de Casa Propia para ver los últimos datos del índice. Luego, deberá multiplicar los valores del semestre que se quiera calcular y el resultado final multiplicarlo por el monto del alquiler actual.

Por ejemplo, si el inquilino hubiese firmado su contrato en enero de 2023, para saber cuánto tendría que pagar en julio, debe tomar el índice de febrero y multiplicarlo por el de marzo, el resultado multiplicarlo por el de abril y así mes a mes hasta julio. 

De esta manera, con los datos de enero a julio de 2023, un alquiler con un valor de $100.000 quedaría en $134.594 si se actualiza de forma semestral con los datos del índice Casa Propia, lo que representa un incremento de 34,6%.

Hasta noviembre (último mes disponible) el índice Casa Propia se incrementó 69%, contra una inflación interanual (la nueva ley establece que hay que considerar el promedio de los últimos 12 meses) de 138,3% a septiembre.

De acuerdo con el índice Índice de Contratos de Locación (ICL), utilizado en la ley actual, hasta octubre el incremento anual ascendió a 118%, por lo que un alquiler de $100.000, a fin de año superaría ampliamente los $ 220.000.

Otros cambios

Por otro lado, la reforma avalada por el Congreso nacional dedica un párrafo a la cotización de los alquileres en medio de la volatilidad del tipo de cambio y la decisión de algunos locadores de establecer el precio en dólares. El documento aclara que los contratos y la publicidad del precio solo pueden estar en moneda nacional.  También se incorpora un incentivo fiscal relacionado al monotributo, al disponer que "los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo".

La reforma aprobada ayer mantiene la exención de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler para vivienda habitacional, la exención del impuesto al cheque para aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes "utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados". 

Por último, la nueva norma contempla otro beneficio según el cual "las partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación".

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