El Senado nacional convirtió en ley la reforma laboral impulsada por el Gobierno de La Libertad Avanza. Se dio con una amplia mayoría y en paralelo a multitudinarias protestas en cercanías al Congreso de la Nación. Con 42 votos a favor, 28 negativos y dos abstenciones, la gestión de Javier Milei cerró las sesiones extraordinarias con un gran logro legislativo.
Dicha medida apunta a disminuir la carga impositiva sobre las empresas, fija montos para los aportes sindicales y permite la creación de fondos de cese laboral como opción al sistema de indemnización vigente, entre otros puntos claves que cambiarán la vida de los trabajadores.
Uno por uno, los cambios en la reforma laboral:
Cálculo de las indemnizaciones:
En el esquema que cuantifica las indemnizaciones por despido sin causa sólo tomará la remuneración mensual, por lo tanto, quedarán por fuera los pagos como aguinaldo, bonos o vacaciones. De esta forma, se reducirá el monto que perciben los trabajadores.
Banco de horas y vacaciones:
Por un acuerdo entre el empleador y el trabajador se establece la creación del banco de horas para compensar horas extras.
Por su parte, el período de vacaciones seguirá siendo entre octubre y abril pero las partes podrán acordar otras fechas. Además, se permite dividir el período vacacional en tramos de al menos siete días consecutivos.
Extensión del período de prueba
El período de prueba se amplía a seis meses para la mayoría de los trabajadores. En empresas de hasta cinco empleados puede alcanzar los ocho meses. Vale mencionar que la finalización e la relación laboral se podrá realizar sin indemnización.
Se eliminan las multas por trabajo no registrado:
No sancionarán a quienes tienen trabajadores sin registrar y se crea un sistema de incentivos: quienes regularicen trabajadores quedarán exentos de multas, pero deberán abonar las diferencias salariales y previsionales.
Reducción de cargas sociales:
Se prevé una reducción de las contribuciones patronales: 1 punto para grandes empresas y 2,5 puntos para MiPyMEs, con posibilidad de aumento hasta 1,5% y 3% si el Ejecutivo lo decide y el Congreso lo aprueba.
Límites a aportes sindicales y patronales:
Los aportes patronales a cámaras empresarias no superarán el 0,5% de las remuneraciones y serán voluntarios a partir de enero de 2028. Para trabajadores, los aportes no excederán el 2 por ciento.
Se mantiene el aporte del 6% a obras sociales y se elimina la posibilidad de retención automática de cuotas sindicales sin consentimiento.
Registro digital y pago bancario:
Los libros laborales podrán digitalizarse y deberán conservarse durante diez años. Con registrarse ante ARCA será suficiente y, los salarios serán exclusivamente en pagos bancarios.
Creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
Con la contribución mensual de los empleadores, la ley propone la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) que permitirá a las empresas cumplir con sus obligaciones incluso en cuotas.
Fondo de cese por convenio:
Se habilita que los convenios colectivos establezcan fondos de cese laboral con capitalización individual. En este, el empleador realiza aportes mensuales y, en caso de desvinculación, el trabajador recibe el monto acumulado. Esto se acordará en paritarias y no puede implicar pérdida de derechos adquiridos.