Elecciones legislativas.

Elecciones legislativas 2025: comenzó la veda electoral en la provincia de Buenos Aires

La veda electoral estará vigente hasta las 21:00 horas de este domingo. Qué actividades están prohibidas durante las próximas horas

5 de septiembre de 2025 - 08:18

De cara a las elecciones legislativas que se realizarán este 7 de septiembre en la provincia de Buenos Aires, este viernes comenzó la veda electoral, que se extenderá hasta las 21:00 del domingo. Durante este período, y con el objetivo de garantizar el normal desarrollo de los comicios, ciertas actividades quedan restringidas.

Según la Ley Electoral bonaerense, queda prohibida toda propaganda televisiva, radial o gráfica durante las 48 horas previas a la votación. También está vedada la difusión de encuestas y sondeos preelectorales, mientras que cualquier proyección sobre el resultado solo podrá publicarse tres horas después del cierre de los comicios.

Entre las medidas que afectan a la ciudadanía, la venta de bebidas alcohólicas estará prohibida desde las 20:00 del sábado. Asimismo, no se podrán realizar espectaculares al aire libre o en espacios cerrados, ni eventos teatrales, deportivos o reuniones públicas que no estén vinculadas al acto electoral. Además, se prohíbe portar banderas, divisas o distintivos partidarios. También no está permitido el uso de armas, a excepción de las autoridades públicas encargadas de mantener el orden.

Según la Ley, si se rompe la veda se podrán aplicar multas que van “entre diez y sesenta haberes mensuales mínimos de la Administración Pública Provincial”.

Elecciones legislativas: de cuánto es la multa por no votar

La Junta Electoral resolvió cuadruplicar el valor de la multa para los ciudadanos habilitados a sufragar que no concurran a votar el próximo 7 de septiembre, sin una justificación válida.

La normativa provincial, en sintonía con el Código Nacional Electoral, establece la obligatoriedad del voto para todos los ciudadanos argentinos de entre 18 y 70 años. De acuerdo con la actualización oficial, quienes no se presenten a sufragar y no acrediten una causal de excepción, deberán abonar una multa que oscilará entre los $1.000 y los $2.000, según el historial de infracciones previas.

Asimismo, quienes no regularicen su situación dentro de los 60 días hábiles posteriores a la jornada electoral serán incorporados al Registro de Infractores al Deber de Votar. Esto les impedirá, entre otras restricciones, acceder a cargos o empleos en la administración pública.

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