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Impulsan el uso de pistolas Taser en las fuerzas de seguridad de La Plata

El bloque del PRO en el Concejo Deliberante de La Plata propuso que los agentes de seguridad local usen las pistolas Taser

16 de diciembre de 2025 - 09:18

La oposición presentó un proyecto de ordenanza para autorizar la portación y el uso de pistolas Taser por parte del personal municipal que depende de la Secretaría de Seguridad y de la Secretaría de Control Urbano y Convivencia de La Plata.

La iniciativa fue ingresada en las últimas horas por el presidente del bloque del PRO, Nicolás Morzone, junto al edil Iván Zanetto y propone habilitar el uso de armas no letales en la vía pública, siempre bajo un esquema de capacitación previa y continua por parte del Municipio.

Según el artículo 1°, la obligatoriedad alcanzará al personal de ambas secretarías, aunque también se prevé la posibilidad de extender la medida a otras áreas municipales que cuenten con agentes debidamente capacitados y con poder de Policía, con el objetivo de garantizar el cumplimiento del Código de Convivencia Municipal.

¿Cuándo se usarán las pistolas Taser?

El proyecto opositor establece que las Taser podrán ser utilizadas en situaciones de defensa propia o de terceros ante una amenaza inminente de agresión; cuando los contraventores se resistan activamente a la autoridad municipal y representen un riesgo para el personal en ejercicio de sus funciones; o en operativos conjuntos con la Policía de la Provincia de Buenos Aires, bajo coordinación de las fuerzas de seguridad provinciales.

El documento también fija limitaciones estrictas para su uso. De acuerdo al texto, quedará prohibida la utilización de estos dispositivos sobre personas esposadas o inmovilizadas, mujeres embarazadas, menores de edad o personas con discapacidad, salvo en casos de peligro “extremadamente grave”. Además, no se permitirá apuntar o disparar hacia zonas vitales como la cabeza, el cuello, el rostro, la entrepierna o el torso superior.

¿Quiénes pueden portar estas armas?

Entre los requisitos para portar este tipo de armas, el proyecto determina que los agentes deberán contar con un mínimo de dos años de antigüedad en el Municipio, una autorización expresa mediante decreto refrendado por el intendente y la inscripción en un registro público de personal habilitado.

Asimismo, los agentes deberán recibir capacitación obligatoria antes de asumir sus funciones y durante todo su desempeño. La formación deberá incluir resolución de conflictos, técnicas de mediación y disuasión, Reanimación Cardio Pulmonar (RCP), primeros auxilios y capacitación en derechos humanos.

La iniciativa también faculta al Departamento Ejecutivo a realizar adecuaciones presupuestarias para la adquisición de los dispositivos mediante licitación pública, y establece un plazo de hasta 30 días desde la eventual aprobación de la ordenanza para concretar la compra.

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