El Gobierno nacional profundiza su política de simplificación y eliminación de trámites relacionados a la tenencia de armas. Este martes, la administración de Javier Milei eliminó la reinscripción y el pago de la tasa anual ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) para los Legítimos Usuarios Comerciales, Colectivos, Cinegéticos y Entidades de Tiro.
La Resolución 77/2025 publicada en el Boletín Oficial con la firma del director de la ANMAC, Juan Pablo Allan, se detalla que se establece en cinco años el plazo de vencimiento de las inscripciones en los rubros comerciales fabricante de armas de uso civil, de uso civil y uso civil condicional, de municiones, de materiales de usos especiales, talleres de armado y de reparación de vehículos blindados, verificación y repotenciación de instalaciones blindadas y de vehículos blindados y recargador comercial de munición.
Asimismo, el artículo dos resuelve suprimir el pago de la tasa anual para los legítimos usuarios comerciales, colectivos, cinegéticos y entidades de tiro. Dichos usuarios sólo tendrán la obligación de informar ante la ANMAC, dentro de los 30 días, las modificaciones de los requisitos cumplidos al momento de su inscripción, si se hubieran producido.
Las autoridades detallaron que, respecto a los usuarios comerciales del rubro importador y transportistas, las normas se mantendrán sin modificaciones debido a que las competencias no corresponden a la ANMAC.
La Resolución manifiesta que estas modificaciones se encuentran en el panorama de “simplificación y desburocratización de los trámites”. Las Direcciones Nacionales de Registro y Delegaciones y de Fiscalización, Resguardo y Destrucción de Materiales Controlados, deberán facultarse sobre la modificación “a fin de realizar las adecuaciones correspondientes en los instructivos de las tramitaciones alcanzadas por la presente Resolución”.
Más desregulación sobre las armas
La semana pasada, a través del Decreto 397/2025, el Gobierno flexibilizó las regulaciones sobre las armas semiautomáticas por lo que los civiles podrán utilizar este tipo de armamento que hasta ahora se reservaba a las fuerzas de seguridad.
En términos técnicos, la medida abarca a aquellas armas semiautomáticas que utilizan cargadores de quita y pon, similares a fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto, derivadas de modelos de uso militar y con calibres superiores al .22 LR.
Esta modificación marca un punto de inflexión respecto al Decreto original de hace 30 años, que prohibía a los civiles la adquisición y tenencia de este tipo de armas, salvo en casos excepcionales.
Ahora, la ANMAC podrá autorizar la adquisición y tenencia de armas a “legítimos usuarios” de armas de uso civil condicional, siempre y cuando puedan demostrar un historial en el uso deportivo de armas y cumplan con las condiciones establecidas por la propia ANMAC.