Provincia pone plazo a los municipios para recuperar una millonaria deuda

El Gobierno publicó un decreto con los tiempos y forma de pago para devolver asistencia recibida durante la pandemia. Si no lo hacen, retendrán parte de la coparticipación

El Editor Platense | Nicolás Cánepa
Por Nicolás Cánepa
22 de agosto de 2023 - 09:41

El ministro de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires, Pablo López, oficializó este martes la reprogramación de la deuda a los municipios que accedieron al "Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal" y determinó que el pago se saldará con recursos correspondientes a la coparticipación

A través de la Resolución N°780, el Ejecutivo provincial decidió  "establecer, en el marco de lo dispuesto por el artículo 56 de la Ley Nº 15.310, la reprogramación del stock de deuda municipal al 1º de diciembre de 2021 en concepto del 'Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal' creado por el Decreto Nº 264/20 y sus normas complementarias".

El Gobierno bonaerense definió que el plazo de gracia para la deuda en stock es hasta el 1° de diciembre de 2023, mientras que el plazo de devolución se estableció con un tope de 18 meses contados desde el momento de finalización del período de gracia, a concretarse en cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

También resolvió tomar como garantía los recursos que le correspondiera percibir a cada municipio del Régimen de Coparticipación Municipal y se dispuso que las retenciones de estos fondos "se suspenderán cuando los municipios manifiesten su intención de ingresar a la reprogramación del pago de la deuda". 

La fecha límite para concretar esta maniobra es el 30 de septiembre, por lo que si los municipios no presentan en tiempo y forma la documentación necesaria para adherir al plan de pago, el Ministerio de Hacienda y Finanzas podrá proceder a retener las cuotas desde el mes de octubre de este año. La implementación de esta norma será responsabilidad de la Subsecretaría de Coordinación Económica y Estadística del Ministerio de Hacienda y Finanzas a cargo de Nicolás Todesca. 

El “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal” fue impulsado por el Gobierno provincial a mediados de abril del 2020 con el objetivo de contribuir “con el pago de sueldos de los empleados municipales, las prestaciones habituales de los municipios bonaerenses y las necesidades adicionales” determinadas por la emergencia del COVID-19.

La Provincia destinó alrededor de 12 mil millones de pesos  a través de Aportes del Tesoro Provincial (ATP) en base al Coeficiente Único de Distribución (CUD). El marco normativo de la iniciativa estableció desde un principio que la asistencia era reembolsable sin intereses ni gastos administrativos de ningún tipo. Al igual que para obtenerlo, basta que el intendente de cada localidad firme un decreto sin necesidad del visto bueno del Concejo Deliberante,  para devolver el préstamo.

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