El jury contra “la jueza de Dios” no solo definirá su futuro, sino que además reabre el debate sobre los límites de la conducta judicial de los magistrados
6 de noviembre de 2025 - 12:08
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Inició en La Plata el jury contra Julieta Makintach
El juicio político contra la jueza Julieta Makintach se convirtió en uno de los expedientes institucionales más relevantes del año dentro del Poder Judicial bonaerense. Más allá del caso particular, el proceso vuelve a poner en discusión hasta dónde llegan las responsabilidades disciplinarias de los magistrados, cuál es el alcance del concepto de “mal desempeño” y cómo se equilibra la independencia judicial con el deber de preservar la confianza pública en la Justicia.
Makintach, integrante del Tribunal en lo Criminal N° 3 de San Isidro, enfrenta cargos por haber permitido la grabación del documental “Justicia Divina” en el marco del juicio por la muerte de Diego Maradona, cuando aún regía la reserva de las audiencias. Según la acusación, su conducta habría vulnerado normas de procedimiento y afectado la imparcialidad del tribunal. La denuncia derivó primero en una causa penal y, luego, en la apertura de un proceso disciplinario ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la provincia de Buenos Aires.
El trámite del jury es reglado, con un formato mixto que combina componentes políticos y judiciales. Está integrado por legisladores, abogados de la matrícula y jueces de la Suprema Corte provincial, elegidos por sorteo. Es el órgano encargado de evaluar la conducta de magistrados acusados de delitos o mal desempeño, y sus decisiones son inapelables dentro del mismo fuero. La sanción más grave es la destitución e inhabilitación para ocupar cargos judiciales; en caso contrario, la absolución, que implica el reintegro inmediato del funcionario.
En el caso de Makintach, el jurado está integrado por los abogados Agustín Grillo Ciocchini, Álvaro García Orsi, Mirta Daniela Greco, María Victoria Lorences, Fabián Ramón González; y los legisladores Ariel Martínez Bordaisco (senador), Sergio Raúl Vargas (senador), Guillermo Ricardo Castello (diputado), Abigail Gabriela Gómez (diputada) y Maite Milagros Alvado (diputada).
La acusación se basa en la supuesta “incompatibilidad entre su rol jurisdiccional” y su participación en una producción audiovisual vinculada a un proceso en trámite. Para los denunciantes, ese comportamiento “lesionó el principio de reserva y afectó la imagen del Poder Judicial”.
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“Cuando se hizo una denuncia penal diciendo que había una filmación, lo negó. Hizo trabajar a la fiscalía y puso en riesgo la credibilidad de la Justicia, porque si la fiscalía no podía probar que había un documental, la Justicia argentina iba a quedar peor”, dijo a El Editor Platense el abogado Rodolfo Baqué, uno de los impulsores de la denuncia.
Baqué también cargó contra los otros magistrados que integraban su tribunal. “Los otros dos jueces tienen las mismas conductas que ella y van a tener que ser juzgados”, dijo y adelantó: “En los próximos días voy a presentar una denuncia contra ambos para que vayan a jury también”.
La defensa, en cambio, sostiene que no hubo violación de deberes de ninguna de las partes y que las filmaciones no interfirieron en el desarrollo del juicio, sino que se realizaron fuera del marco procesal.
Julieta Makintach, el jury y los antecedentes en La Plata
Más allá de las posiciones enfrentadas, el jury representa una instancia excepcional. En la provincia, los procesos de enjuiciamiento a jueces y fiscales no son frecuentes, y cuando se activan suelen responder a situaciones de alta sensibilidad institucional. En los últimos años, hubo antecedentes significativos en la ciudad, como la destitución del juez Luis Federico Arias, enjuiciado en 2018 acusado de mal desempeño durante la investigación por la inundación de La Plata.
Y casos más graves como la destitución del fiscal Claudio Scapolan en 2023, acusado de serias irregularidades en causas de narcotráfico, o el proceso contra el camarista Martín Ordoqui, señalado por presunto tráfico de influencias y vínculos con la denominada “banda mixta”. En paralelo, enfrenta una causa penal por cohecho y asociación ilícita.
Esa superposición de procesos, disciplinarios y penales, es un rasgo común en los jurys, y también está presente en la situación de Makintach, cuya actuación es analizada tanto por la vía administrativa como por la Justicia penal platense.
En el plano procesal, el Jurado de Enjuiciamiento cumple un papel específico dentro del sistema institucional bonaerense. No juzga delitos, sino conductas que puedan configurar “mal desempeño”. Esa noción, amplia y discutida, se refiere a actos u omisiones que afectan la idoneidad, la imparcialidad o la dignidad del cargo. En la práctica, las pruebas suelen ser documentales y testimoniales, y la valoración final depende del criterio de los miembros del jurado.
“Un fallo condenatorio puede ser leído como un mensaje de depuración interna; una absolución, como un respaldo a la independencia de los jueces”, explicó a este medio una fuente judicial del Jurado de Enjuiciamiento, que pidió reserva de su nombre. “En todos los casos se trata de decisiones institucionales, no personales, y por eso tienen tanto peso simbólico”, agregó.
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Julieta Makintach
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De hecho, dentro del propio Jurado existe un debate sobre la necesidad de acotar el uso del mecanismo de enjuiciamiento a los casos de gravedad institucional. “El jury no puede convertirse en una herramienta política ni disciplinaria por cuestiones menores. Su función es preservar la confianza en la Justicia, no condicionar a los magistrados”, señaló la misma fuente.
En este contexto, el proceso contra Makintach pone a prueba los criterios con los que el Poder Judicial interpreta la responsabilidad funcional de sus miembros. Si el Jurado considera acreditada la violación del deber de reserva, el fallo podría sentar un precedente sobre los límites de la exposición mediática de los magistrados. En cambio, una absolución reforzaría la idea de que la libertad de expresión y la actividad extrajudicial solo pueden restringirse en situaciones excepcionales.
También hay una dimensión simbólica, ya que la jueza es una figura conocida en el fuero penal y su caso ocurre en un momento en que la Justicia bonaerense enfrenta cuestionamientos por demoras, falta de control y politización de sus decisiones.
Los antecedentes muestran que los procesos disciplinarios de este tipo suelen extenderse durante meses, incluso después de las audiencias principales, debido a la necesidad de revisar pruebas, elaborar los dictámenes y alcanzar la mayoría de votos requerida para dictar sentencia.