La Corte Suprema finalmente sacó de la carrera electoral a Cristina Kirchner, que había pedido la revisión de la sentencia en la Causa Vialidad. La dirigente peronista deberá pasar seis años en la cárcel y no podrá ser candidata a ningún cargo.
Entre los argumentos que expusieron Horacio Rosatti, Carlos Rozenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la prolijidad es el primero que resalta cuando se lee el fallo, al que tuvo acceso El Editor Platense: "La apelante no ha cumplido con el requisito de fundamentación autónoma que requiere que el escrito de interposición del recurso extraordinario contenga un relato prolijo de los hechos de la causa de relevancia principal, que permita vincularlos con las cuestiones que se plantean como de naturaleza federal mediante una crítica concreta y razonada de los argumentos en que se basó la sentencia que se impugna".
Asimismo, el máximo tribunal indica que "la recurrente no demuestra que se haya vulnerado el artículo 18 de la Constitución Nacional" (aquel que, básicamente, dice que la ley es igual para todos, y al que la defensa de CFK apeló a sabiendas de los estrechos vínculos entre los jueces de Instrucción, de Casación, y los fiscales que intervinieron en la causa, con las más altas esferas del macrismo. "La defensa enuncia diversos hechos relativos a conexiones entre los jueces y fiscales o encuentros entre los jueces de la causa y ciertos funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional sin indicar ni una sola circunstancia concreta que permita inferir razonablemente que se ha comprometido la imparcialidad de los jueces en esta causa en concreto", dice la Corte, desconociendo los torneos de fútbol en Los Abrojos.