En el marco de una presentación ante la Justicia para declarar inconstitucional el DNU 179/2025, que le da al presidente Javier Milei facultades que le son propias al Congreso para negociar con el Fondo Monetario Internacional (FMI), la Justicia Federal le pidió al Gobierno Nacional que brinde detalles acerca del acuerdo.
La demanda fue presentada en conjunto por Jonatan Baldiviezo (Abogado fundador del Observatorio del Derecho a la Ciudad), Marcos Zelaya (Abogado coordinador del área de Derecho y Nuevas Tecnologías), la Ingeniera María Eva Koutsovitis (Ingeniera fundadora de El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos) y Claudio Lozano (Economista presidente de Unidad Popular).
En la presentación, los demandantes piden que se declare “la nulidad absoluta e insanable y la inconstitucionalidad del DNU 179/2025 y de cada uno de los actos que deriven de su vigencia o llevados a cabo en su cumplimiento”. Ya que aducen que el Decreto de Necesidad y Urgencia viola varios artículos de la Constitución Nacional, así como la auto delegación por parte del presidente de facultades que son exclusivas del Poder Legislativo.
El fallo de la Justicia contra el DNU de Milei
Luego de estudiar la denuncia, el Juez Federal Martín Cormik resolvió, “solicitar a las demandadas (el Gobierno) que produzcan el informe previsto en el artículo 4to de ley 26854 (aplicable a la acción de amparo -ver art. 19 de la ley 26854) dentro del plazo de cinco (5) días por orden procesal y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4to de la norma”.
Según el artículo 4to de la ley 26854, pasados los cinco días de gracia para el gobierno libertario, la Justicia podrá aplicar una medida cautelar para dejar sin efecto el DNU.
pedido-informes-dnu-fmi.pdf