"Libre opción": de que se trata la medida que permite a los trabajadores elegir una obra social cada año

La disposición fue publicada en el Boletín Oficial

Por ElEditor Platense
28 de octubre de 2024 - 08:29

El Gobierno emitió un decreto que permite a los pequeños contribuyentes ejercer su opción de elegir su obra social cada doce meses, en el marco del plan impulsado por el Ejecutivo nacional para aportar “mayores opciones y transparencia” al proceso. 

El  Decreto 955/2024 crea un "Registro de Agentes del Seguro de Salud" en el ámbito de la Superintendencia de Servicios de Salud, donde se inscribirán las entidades de salud habilitadas para cubrir a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado.

La norma dispone que los afiliados podrán ejercer su opción de obra social cada doce meses y tendrán acceso progresivo a coberturas adicionales como las brindadas por el Sistema Único de Reintegro por Gestión de Enfermedades (SURGE). 

La norma dispone que los afiliados podrán ejercer su opción de obra social cada doce meses

Además, determina que los cambios se harán efectivos desde el primer día del mes siguiente a la solicitud, garantizando así la estabilidad en la cobertura médica del grupo familiar del contribuyente.

Principales cambios

  • Registro de Agentes de Salud: Se crea un "Registro de Agentes del Seguro de Salud" para entidades que presten servicios a los pequeños contribuyentes. Este registro, bajo la órbita de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), facilita el acceso a opciones más transparentes y eficaces para los contribuyentes.  
  • Libre elección de obra social: El Decreto N° 504/1998, modificado ahora por el Decreto 955/2024, establece que la elección de la obra social por parte de los contribuyentes será efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la solicitud. Se establece un periodo mínimo de permanencia de 12 meses en la obra social seleccionada antes de que el afiliado pueda optar por un cambio.  
  • Acceso progresivo a la cobertura: Se especifican los plazos para el acceso a los beneficios del Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE) según el tiempo de adhesión al RS. Al cumplir seis meses de permanencia, los beneficiarios acceden a prestaciones adicionales a través del Sistema Único de Reintegro por Gestión de Enfermedades (SURGE), entre otros beneficios.  
  • Transparencia y previsibilidad: Se busca optimizar la administración del sistema y garantizar el acceso equitativo y eficiente para los pequeños contribuyentes al sistema de salud. Asimismo, el decreto asegura que los derechos y obligaciones de los afiliados previos no se verán alterados.  
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