A favor de inversores.

La Justicia ordenó una cautelar por las obras paradas de ABES desarrolladora

Con este fallo, se impedirá realizar cualquier tipo de transferencia de la obra de Avenida 60 entre 3 y 4 de ABES desarrolladora en La Plata

3 de febrero de 2026 - 14:25

La desarrolladora ABES tiene 11 inmuebles paralizados en la ciudad de La Plata y cantidad de inversores sin respuestas. Como viene informando El Editor Platense, supo de ser de las firmas más ambiciosas que ofrecía proyectos lujosos en lugares estratégicos de la capital bonaerense, pero ahora son investigados por presuntas estafas.

Cantidad de compradores de diferentes unidades realizaron denuncias al notar que la construcción estaba frenada. Hubo casos en que los edificios quedaron a medio realizar y otros cuyos lotes están vacíos, es decir, ni siquiera iniciaron las obras. Los damnificados, muchos de ellos familias y pequeños inversores, entregaron sumas millonarias para la compra de unidades en pozo pero, tras ello, en las últimas semanas se confirmó la venta de toda la estructura de ABES a la firma Yacoub y ahí, creció aún más la incertidumbre.

La Justicia platense, a través de la Fiscalía N°3, a cargo de Gonzalo Petit Bosnic, unificó múltiples denuncias penales contra ABES por estafa y administración fraudulenta y, en las últimas horas, hubo avances donde la Justicia falló a favor de dos inversores.

Fue a través de la Sala de Feria, donde los jueces del Departamento Judicial de San Isidro, Hugo Llobera y Analía Inés Sánchez firmaron una medida cautelar que impedirá cualquier tipo de transferencia de la obra en construcción ubicada en Avenida 60 entre las calles 3 y 4, hasta que se resuelvan los reclamos y denuncias que se investiga.

Medida cautelar por una obra paralizada de ABES Desarrolladora

Según informaron, la medida había sido otorgada previamente pero los abogados de las damnificadas, Claudia Viviana Schvartzman y Valentín De La Loza apelaron porque implicaba una contracautelar, es decir, una garantía legal en una gran suma de dólares.

"...la relación de consumo invocada fue acreditada, por lo que la caución real fijada por el A-Quo deviene claramente desproporcionada, exagerada y de imposible cumplimiento en la práctica, dado que no poseemos recursos ni bienes suficientes, máxime considerando que hemos sido defraudadas por la fiduciaria, desnaturalizando y obstruyendo con dicha resolución los derechos legítimos invocados y obstaculizando el real acceso a la justicia que consagra la normativa especifica en materia consumeril”, explicaron en la presentación los letrados.

Por eso, sostuvieron: "El consumidor tiene derecho al acceso a la justicia para proteger sus derechos económicos, salud y seguridad, garantizado por mecanismos como la justicia gratuita (exención de tasas y costas) y la justicia de pequeñas causas (procesos ágiles y sin tecnicismos), que eliminan barreras económicas y procesales, especialmente para los consumidores hipervulnerables, asegurando una tutela judicial efectiva ante conflictos de consumo”.

De esta forma, entre otras cuestiones, en la resolución se detalló que "...al solo efecto de efectivizar la medida cautelar ordenada, entendemos que lo solicitado se encuentra contemplado dentro del beneficio de acceso a la justicia gratuita previsto en el artículo 53 de la ley 24.240. Por lo tanto, resulta razonable modificar la resolución apelada, en cuanto el embargo ordenado deberá serlo previa caución juratoria".

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