La Cámara de Casación porteña redujo la condena contra el periodista Eugenio Veppo, de nueve años y tres meses a cinco años y diez meses de prisión, por el siniestro vial que causó en 2019 la muerte de un agente de tránsito y lesiones de gravedad a otro
El máximo tribunal de Capital Federal consideró que Veppo cometió un "homicidio culposo" (sin intención de causar la muerte), modificando así la calificación de "homicidio simple por dolo eventual" que le habían aplicado en una instancia previa.
La figura del homicidio culposo tiene una pena sensiblemente menor: seis años de máxima, contra una escala de entre ocho y 25 años para el homicidio simple por dolo eventual. Los jueces Gustavo Bruzzone, Jorge Luis Rimondi y Mauro Divito concedieron a Veppo por el "beneficio de la duda", pese a que consideraron que "el accionar atribuido a Veppo implicó graves infracciones a las normas de cuidado que tenía a su cargo agravadas por su conducta posterior".
Así, consideraron que "en función del principio in dubio pro reo (ante la duda se debe estar a lo que beneficie al acusado), corresponde encuadrar la conducta del nombrado en los respectivos tipos imprudentes".
Cabe recordar que Veppo protagonizó el siniestro vial el 8 de septiembre de 2019, entre las 3.30 y 3.35, cuando "conducía en el sentido de circulación de la Avenida Figueroa Alcorta sur-norte, en el tramo comprendido entre las calles Austria y Tagle, a una excesiva velocidad superior a la máxima permitida en esa arteria, 70 kilómetros por hora".