Enrique Slezack.

Peculado y estafa: pidieron condena para un exintendente de Berisso

El próximo 18 de junio se conocerá el veredicto en el juicio oral contra un ex intendente de Berisso. Es en el marco de una operación inmobiliaria

11 de junio de 2025 - 10:04

Acusado de "peculado y estafa", y con un pedido de ejecución condicional y reglas de conducta social, el próximo 18 de junio se conocerá el veredicto en el juicio oral contra Enrique Slezack, un ex intendente de Berisso, que llegó imputado por presuntas maniobras irregulares durante su gestión.

Cabe mencionar que el juicio contra el ex jefe comunal de la Región finalizó días atrás en un debate por "peculado y estafa" en concurso real, aunque solo fue acusado por el segundo de los delitos en una de sus figuras especiales. En este marco, podría ser condenado en pocos días si el Tribunal I de La Plata hace lugar al pedido fiscal.

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Sin embargo, aprovechando su endeble estado de salud, se montó la operación sospechada por su ilicitud y que fue la que motivó la causa que llegó a debate. Según su supo, quien adquirió el bien pagó el mismo precio que había abonado en su momento Caddeo, aunque después en el lote se levantó una construcción para alquiler de estudiantes, cuyo valor de mercado osciló los 150.000 dólares.

En esta línea se indicó que se trataba de un terreno fiscal que estaba ocupado por una persona de bajos recursos con problemas de salud mental, vecino de Rosa Bru, quien declaró en el juicio y confirmó, desde su mirada, la maniobra de desapoderamiento que habría sufrido el poseedor del lote.

El ex intendente de Berisso, complicado

Tras analizar toda la prueba, el fiscal estableció que no su pudo probar el delito de peculado pero acusó por el de estafa en una de sus figuras especiales establecidas en el inciso 11 del artículo173 del Código Penal Argentino (CP) que establece: "El que tornare imposible, incierto o litigioso el derecho sobre un bien o el cumplimiento, en las condiciones pactadas, de una obligación referente al mismo, sea mediante cualquier acto jurídico relativo al mismo bien, aunque no importe enajenación, sea removiéndolo, reteniéndolo, ocultándolo o dañándolo, siempre que el derecho o la obligación hubieran sido acordados a otro por un precio o como garantía".

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Los jueces tomaron nota del pedido de condena de un año de prisión en suspenso y que se someta a reglas de conductas durante dos años establecidas en el artículo 27 bis del CP.

Cabe mencionar que la defensa, a cargo de los letrados Christian Romano y Juan Pesquera, solicitaron que su asistido sea absuelto ya que lo consideran ajeno a cualquier irregularidad.

Según consta en el expediente administrativo 6072/03, el único lote que generó inconvenientes fue uno que permanecía deshabitado y abandonado, generando quejas de vecinos por la presencia de personas dedicadas a delinquir durante la noche. La parcela fue inicialmente asignada a José Luis Caddeo mediante un boleto de compraventa en 1997, pero fue revocada por falta de cumplimiento de pagos, según lo dispuesto en el Decreto 1.364 del 3 de diciembre de 2004, basado en la Ordenanza 2.149.

En este contexto, a una semana del fallo, Enrique Slezack podría ser condenado si el Tribunal I de La Plata hace lugar al pedido.

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