Proyecto de ley.

Buscan prohibir que quienes tengan deudas por alimentos se presenten como candidatos

En el Senado bonaerense, buscan prohibir que quienes no abonen la cuota alimentaria puedan presentarse como candidatos en las elecciones

Por Hernán Marty
14 de mayo de 2026 - 16:30

El senador provincial de La Libertad Avanza (LLA), Luciano Olivera, presentó un proyecto de ley mediante el cual se denegará la posibilidad a cualaquier ciudadano bonaerense que pretenda ser candidato en una elección y que no esté al día con la cuota de alimentos de sus hijos.

“La obligación alimentaria es uno de los deberes jurídicos más elementales y primarios del ordenamiento civil, dado que se vincula directamente con la responsabilidad parental y la protección de los derechos de los niños”, argumentó el representante de Malvinas Argentinas en el recinto de avenida 51.

Para ello, se debe modificar el artículo 30 del Decreto–Ley 9889/82 Orgánica de los Partidos Políticos y Agrupaciones Municipales, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 30: No podrán ser candidatos a cargos partidarios: 1) Los que no fueren afiliados. 2) Los inhabilitados por esta ley y por la ley electoral. 3) Las personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos estipulado por Ley 13.074 y sus modificatorias, mientras subsista su situación de morosidad".

Presentar las garantías para ser parte de las listas

El articulado además incorpora un artículo, el 30 bis, en el que se indica que "los partidos políticos, agrupaciones municipales y/o alianzas electorales deberán solicitar a precandidatos y candidatos titulares y suplentes que integren sus listas en elecciones primarias y generales para cargos electivos provinciales y municipales el Certificado de Libre Deuda Alimentaria expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Buenos Aires".

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"Dicho certificado deberá acompañarse al momento de la presentación de listas ante la autoridad electoral competente, tanto en elecciones primarias como en elecciones generales. En caso de no proceder a su presentación, la Junta Electoral intimará por única vez al partido político, agrupación municipal y/o alianza electoral para su cumplimiento o reemplazo del precandidato y candidato en un plazo de veinticuatro (24) horas. Vencido dicho plazo sin que se hubiere cumplido con la intimación, la lista será considerada incompleta y no podrá participar del proceso electoral correspondiente" concluye.

La obligación de cumplir con los alimentos

Los fundamentos de la iniciativa marcan que "el incumplimiento de dicha obligación representa una afectación directa a los derechos fundamentales, atenta contra el derecho superior el niño y es una falta de compromiso individual. En este sentido, es necesario que quienes aspiren a representar a la ciudadanía y administrar recursos públicos, como quienes deben impartir justicia o representar intereses partidarios demuestren un cumplimiento de sus obligaciones".

Olivera busca eliminar los privilegios que traen consigo los cargos políticos al argumentar en el texto del proyecto que "desde una concepción institucional el ejercicio de la función pública debe estar asociado a conductas de integridad y cumplimiento de la ley. En esta línea, es necesario terminar con los privilegios de la dirigencia política y judicial y exigir a quienes integran el sistema institucional los mismos requisitos que rigen y se le exigen a cualquier ciudadano".

La necesidad de no infringir la ley para acceder a un cargo

El representante de la primera sección electoral en el hemiciclo de la Cámara alta de la provincia de Buenos Aires, recalca que esta iniciativa le daría una severidad más amplia a una ley sancionada el año pasado al indicar que "en marzo del año 2025, sancionó la Ley 15.520, mediante la cual se incorpora una modificación a la ley provincial mencionada, e incorpora la exigencia del Certificado de Libre Deuda Alimentaria para la designación de funcionarios y empleados públicos estatales, como también a quienes podrían integrar el Poder Judicial bonaerense.

Sin embargo, esta forma de considerar la modificación propuesta le permite a la dirigencia política y judicial la posibilidad de ser adjudicados con un cargo y luego propender a la regularización de su situación, lo cual deja abierta la posibilidad de que quienes infringen la ley accedan a los cargos".

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