Boletín Oficial.

La Provincia prohibió el ingreso de deudores alimentarios a salas de apuestas

El Gobierno de la Provincia publicó en el Boletín Oficial la normativa que prohíbe el ingreso de deudores alimentarios a bingos y casinos bonaerenses

30 de diciembre de 2025 - 14:58

La Ley establece obligaciones para los responsables de bingos, casinos y demás salas de apuestas, quienes deberán consultar el RDAM antes de dejar ingresar a cualquier persona a sus establecimientos. En caso de incumplir con la norma, se prevén fuertes sanciones que contemplan multas desde diez hasta cien veces un salario mínimo vital y móvil, de acuerdo a la gravedad y/o reincidencia.

A quiénes alcanza la restricción en la Provincia

La restricción alcanza a las personas que registren tres cuotas consecutivas o cinco alternadas impagas, el mismo criterio que actualmente utiliza la Justicia bonaerense para determinar la condición de deudor alimentario moroso, lo que busca asegurar coherencia entre el sistema judicial y las nuevas medidas administrativas que introduce la ley.

La flamante Ley fue impulsada por el diputado Germán Di Cesare, quien justificó la norma en "la necesidad de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes, garantizando el cumplimiento de las obligaciones alimentarias". Por otra parte, el legislador de la Cuarta Sección electoral planteó que "el juego de azar y las apuestas, presentes en casinos, salas de juego y bingos, representan actividades que pueden conllevar riesgos significativos para la economía personal y familiar".

De esta manera, el legislador sostuvo que "al prohibir el ingreso de los deudores alimentarios a estos establecimientos, se busca asegurar que prioricen sus responsabilidades económicas hacia sus hijos e hijas".

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