Cambios en los micros de larga distancia: cómo será el nuevo sistema para identificar equipajes
El Gobierno oficializó un nuevo régimen que modifica la identificación del equipaje en los micros de larga distancia y fija qué pasa en caso de pérdida
13 de enero de 2026 - 09:50
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Los cambios se aplicarán en los servicios de larga distancia
ElGobierno nacional avanzó con una nueva desregulación en los micros de larga distancia al aprobar la creación del Régimen de Identificación y Trazabilidad de Equipajes y Encomiendas, que deja en manos de las empresas la forma de vincular las valijas y paquetes con sus respectivos pasajeros.
La medida fue oficializada a través de la Resolución 4/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, y elimina la obligación de utilizar etiquetas y fajas físicas con diseños impuestos por el Estado. A partir de ahora, las compañías que ofrecen servicios de larga distancia podrán elegir libremente los mecanismos documentales y/o tecnológicos para identificar el equipaje.
Entre las alternativas habilitadas se incluyen códigos impresos en el pasaje, códigos QR o electrónicos asociados, registros digitales integrados al sistema de ticketing, etiquetas propias de la empresa o cualquier otro dispositivo que garantice la trazabilidad entre el pasajero y su bulto.
Desde la Secretaría de Transporte aclararon que los sistemas deberán asegurar la seguridad, la inviolabilidad y una vinculación inequívoca entre el equipaje y su propietario. Además, deberán ser compatibles con los dispositivos utilizados en la región y en los servicios internacionales de países limítrofes.
La normativa alcanzará a los servicios públicos de transporte interjurisdiccional, tráfico libre, servicios ejecutivos y turismo nacional e internacional de larga distancia. Entrará en vigencia dentro de 60 días, con un período de transición para que las empresas adapten sus sistemas.
Cambios sobre el equipaje en el transporte de larga distancia
Las empresas estarán obligadas a conservar y rendir los datos vinculados al despacho del equipaje, con el objetivo de facilitar reclamos y entregar comprobantes a los usuarios. En caso de pérdida o deterioro, continuarán vigentes las indemnizaciones establecidas en la Resolución 47/1995.
El nuevo régimen también fija que ningún equipaje sin un dispositivo de identificación podrá ser ingresado a la unidad de transporte. En esas situaciones, el pasajero perderá el derecho a cualquier tipo de compensación.
En este marco, el texto oficial derogó el sistema anterior -vigente desde 2006-al considerar conveniente permitir la libre elección de mecanismos que garanticen la trazabilidad, en línea con los lineamientos del Decreto 70/2023, que apunta a eliminar regulaciones que distorsionen los precios y limiten la iniciativa privada.
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Control de la CNRT
Pese a la flexibilización, el Estado mantendrá su rol de control. La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) seguirá siendo la autoridad encargada de fiscalizar el cumplimiento del régimen, priorizando la efectividad de la trazabilidad y la seguridad del sistema elegido por sobre las antiguas exigencias de diseño.
Asimismo, las transportistas deberán informar a la CNRT y a la Subsecretaría de Transporte Automotor los mecanismos de identificación adoptados con al menos 30 días de antelación a la entrada en vigor. El incumplimiento podrá derivar en sanciones.
El cambio se suma a la reciente creación del Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros, que unificó los registros de servicios urbanos, suburbanos e interjurisdiccionales, simplificando la gestión administrativa del sector.