¿A qué rubros?

Por Decreto, Javier Milei limitó el derecho a huelga

El Gobierno nacional, mediante un DNU firmado por el presidente Milei, amplió la cantidad de actividades consideradas esenciales, limitando el derecho a huelga

21 de mayo de 2025 - 16:02

Esta mañana, el Gobierno nacional publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, en el cual se limitó el derecho a huelga, bajo el argumento de ampliación en las actividades consideradas esenciales que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50 y 75% en caso de estar en medio de un conflicto sindical.

"Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos", se detalló en el artículo 3 del documento publicado. Y agregó que "en lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare".

Mientras que "en el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%". En el escrito publicado en el Boletín Oficial, la gestión de Javier Milei amplió el listado de servicios considerados esenciales que, hasta ahora, sólo reconocía como tal a los sanitarios y hospitalarios; la producción y distribución de agua potable; la energía eléctrica; los servicios telefónicos y el control del tráfico aéreo.

Qué servicios pasarán a considerarse esenciales según el DNU

A diferencia de lo que regía hasta ahora, la normativa incorporó actividades clave en sectores de la salud, el transporte, la educación y las telecomunicaciones. De este modo, se incluyeron como servicios esenciales a los siguientes rubros:

  • Los servicios sanitarios y hospitalarios.
  • El transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios
  • Los servicios farmacéuticos
  • La producción, transporte, distribución y comercialización de agua potable, gas, otros combustibles y energía eléctrica.
  • Los servicios de telecomunicaciones, incluidos internet y comunicaciones satelitales.
  • La aeronáutica comercial y el control del tráfico aéreo y portuario, incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y demás servicios portuarios.
  • Servicios aduaneros y migratorios, y otros vinculados al comercio exterior.
  • El cuidado de menores y la educación en los niveles de guardería, preescolar, primaria, secundaria y educación especial.
  • El transporte marítimo y fluvial de personas, mercaderías y carga, junto a los servicios conexos y operaciones costa afuera.

Esta resolución es parte de un enorme listado de recortes que está llevando adelante el Gobierno nacional, tal como adelantó Federico Sturzenegger, ministro de Transformación y Desregulación del Estado. La gestión está transitando los últimos 49 días con facultades delegadas, por lo tanto, serán semanas en los que " habrá decretos con reestructuraciones de organismos".

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