Este domingo 7 de septiembre se desarrollarán las elecciones legislativas en la provincia de Buenos Aires y, tal como establece la ley, los ciudadanos que figuren en el padrón electoral deberán concurrir al cuarto oscuro. En caso de no hacerlo, la Junta Electoral oficializó el monto de la multa que deberán abonar.
La normativa provincial, en línea con el Código Nacional Electoral, dispone que los electores que tengan 16 años o más al momento de votar tienen el derecho y el deber cívico de sufragar. Sin embargo, los menores de 18 y los mayores de 70 no serán alcanzados por las sanciones previstas para quienes incumplan con la obligación.
De acuerdo con la actualización oficial, quienes no se presenten a sufragar y no acrediten una causal de excepción deberán abonar una multa que oscilará entre los $1.000 y los $2.000. Además, quienes no regularicen su situación dentro de los 60 días hábiles posteriores quedarán asentados en el padrón de infractores, lo que les impedirá, entre otras restricciones, acceder a cargos o empleos en la administración pública.
Quiénes están exentos de votar en estas elecciones legislativas
Como establece la ley, los ciudadanos mayores de 18 y menores de 70 años tienen la obligación de sufragar este domingo 7 de septiembre en la provincia de Buenos Aires. No obstante, existen excepciones: quienes se encuentren a más de 500 kilómetros de su lugar de votación y puedan acreditarlo, los funcionarios públicos afectados al operativo electoral, como autoridades de mesa y personal de seguridad, y las personas con problemas de salud debidamente certificados están habilitados a no emitir su voto.